El Diario Oficial publicó la ley, presentada por el Gobierno, que aplica multas, que van desde las 10 a las 100 Unidades Tributarias Mensuales (UTM).
Esto sera para quienes prohíban el acceso libre y gratuito a las playas de mar, ríos y lagos del país, es decir entre $490.000 y $4.900.000. La ley “Playas Abiertas”, impulsada por el Ministerio de Bienes Nacionales, es una respuesta a las denuncias de muchos chilenos, que se han visto impedidos de llegar a una playa por prohibiciones de particulares.
“Este es un gran avance en la protección y respeto de los derechos que tienen todos quienes viven en Chile, de poder visitar, libremente, las playas que existen en el país”, indicó el ministro Felipe Ward. El secretario de estado recalcó que “en Chile no hay playas privadas” y agregó que las “multas de casi 5 millones de pesos podrían llegar al doble si las personas que prohíben el acceso son reincidentes”.
A nivel regional Bienes Nacionales contabiliza a la fecha 88 denuncias, concentrándose en la provincia de Osorno en playa Maiten, en la provincia de Llanquihue en Punta Chocoy y playa Niklitschek y en la provincia de Chiloé en sector Chanquín, por su parte el seremi en la región de Los Lagos, Jorge Moreno indicó que “con la promulgación de la ley, impulsada por el ministerio de Bienes Nacionales que busca sancionar a aquellas personas que impidan el acceso a los lugares de playas y riberas de ríos que hayan sido fijadas por el Intendente, entregamos una nueva herramienta para todos los chilenos, para que sigan disfrutando de las playas en forma libre y gratuita, esto nos pone contentos, es una iniciativa encabezada por nuestro ministro Felipe Ward que busca una vez más, que todos los chilenos puedan acceder a los bienes nacionales de uso público”.
Se recuerda que las denuncias pueden ser realizadas por cualquier ciudadano, ante las distintas Secretaría Regionales Ministeriales de la cartera de Bienes Nacionales, las oficinas provinciales y través de la página web www.bienesnacionales.cl
Modificación del artículo 13 del DL N°1.939
En el marco del inicio de la campaña “Acceso a las Playas”, impulsada por el Ministerio de Bienes Nacionales se propuso la modificación del artículo 13° del D.L. N° 1939, incorporando un nuevo inciso tercero, que establece una sanción a quien obstaculice las vías de acceso a las playas de mar, ríos o lagos, una vez que éstas ya han sido fijadas por el Intendente. Para ello bastará la correspondiente denuncia y la constatación de esta situación por funcionarios de la Secretaría de Estado, para cursar la multa respectiva, sin necesidad de una intervención que involucre a otros organismos del Estado, para aplicar una medida coercitiva al infractor.