Autoridades informaron, de los plazos y requisitos para que los estudiantes matriculados a primer año de educación superior hagan uso de este derecho.
Seremi de Educación, Claudia Trillo, junto al titular de Economía, Francisco Muñoz, en compañía de los directores regionales del Sernac, Miguel López y del Injuv, Rodrigo Aguayo, informaron, de los plazos y requisitos para que los estudiantes matriculados a primer año de educación superior hagan uso de este derecho a la educación.
Los seremis de educación, Claudia Trillo y de Economía, Francisco Muñoz, junto a los directores regionales del Sernac, Miguel López y del Injuv, Rodrigo Aguayo, hicieron un llamado a los estudiantes que postularon al primer año de educación superior y que se matricularon en alguna institución, ya sea universidad, CFT o IP, a ejercer su Derecho de Retracto, en caso de desistirse de esta decisión, presentando una segunda matrícula.
El plazo con que cuentan los estudiantes para utilizar el retracto es de 10 días corridos a contar desde la publicación del Consejo de Rectores, de la nómina de aceptados por las universidades pertenecientes al Cruch; que, en este caso, sería hasta el 24 de enero.
“Para nosotros es sumamente importante reforzar las fechas y que los estudiantes de cualquier institución de educación superior ya sean CFT, universidad o institutos profesionales, ejerzan su derecho a retracto, presentando la documentación requerida”, subrayó la Seremi de educación, Claudia Trillo, añadiendo la importancia de hacer este trámite dentro de los 10 días que contempla la normativa y con la documentación necesario.
Siendo así, para tal efecto, los estudiantes que ejerzan el retracto deberán presentar el comprobante de la segunda matrícula ante la institución con la que originalmente se contrató; trámite que debe realizarse de manera presencial, o en su defecto, enviar a alguien en su representación o bien, utilizar la opción de carta certificada.
Asimismo, el estudiante deberá adjuntar el comprobante de la segunda matrícula con una carta, indicando -con fecha claramente definida- que quiere ejercer el derecho a retracto.
A su vez, el estudiante deberá pedirle a la institución que timbre o firme una copia de la carta y de la fotocopia de la segunda matricula, de modo que quede constancia de la fecha en la que se hizo efectivo el derecho, por si hay problemas posteriores.
Para todos estos efectos, “los jóvenes cuentan con todas nuestras instituciones para poder asesorarse, realizar consultas y también tenemos una línea 800 que está disponible gratuitamente para todas las consultas relativas a poder ejercer el retracto”, explicó el Seremi de Economía, Francisco Muñoz.
Durante este plazo de 10 días para ejercer el retracto, los establecimientos no pueden cobrar por los servicios respecto de los cuales el alumno se desistió. Además, debe devolver lo pagado por la matrícula y la documentación que respalda el pago del año, dentro del plazo de 10 días corridos desde que el alumno ejerció el derecho de retracto. No obstante, podrá retener de lo pagado hasta el 1% del arancel anual de la carrera por concepto de costos de administración.