La demanda interpuesta por la familia se dio luego que el Colegio Alemán de Puerto Varas decidiera que el niño no fuera promovido de kínder a primero básico.
Con este fallo, pionero en la aplicación de la Ley Antidiscriminación -conocida como Ley Zamudio-, se ha establecido que el Colegio discriminó arbitrariamente y deberá pagar una multa, en lo que para familiares es un precedente para que otras personas que han pasado por tal situación se atrevan a denunciar y que otros establecimientos educacionales no cometan las mismas acciones discriminatorias.
El resultado de esta demanda contribuirá, señaló José Luis García-Huidobro, padre del niño, a que “los colegios aprendan a no discriminar y se den cuenta que son instituciones sociales que deben formar a personas para un mundo mejor, más humano e inclusivo”.
Felices y aliviados. Así se manifestaron José Luis García-Huidobro y Susana Reidel padre y madre del niño discriminado, quienes demandaron al Colegio Alemán de Puerto Varas luego de que éste discriminara a su hijo al no promoverlo de kínder a primero básico, motivo por el cual la Corte Suprema falló bajo la Ley Antidiscriminación, condenando al establecimiento a pagar una multa por haber discriminado arbitrariamente al niño por su condición.
Para Susana Reidel, esta sentencia “ayuda a palear en alguna medida todo el daño que se nos ha causado como familia. Esperamos de corazón que ayude a que cada vez sean menos los que discriminan a niños y niñas con cualquier discapacidad”.
La demanda fue interpuesta por el abogado Jaime Madariaga, quien señaló que “es la Corte Suprema la que sienta una importante y clara jurisprudencia en contra de la discriminación, con la particular relevancia de que se refiere a una materia tan sensible como es la educación de los niños y niñas con necesidades educativas especiales”. Madariaga agregó que este fallo “se trata de algo tan simple, pero a veces tan difícil a la vez: que a las personas con discapacidad se les trate con la misma dignidad que a todos los seres humanos. Ni más ni menos”.
Para José Luis García-Huidrobro, padre del niño, este fallo viene a ponerle un punto final a este proceso de dos años, “asociado a costos personales, sociales y familiares”, pero que “ayuda a que nuestros hijos aprendan que hay que luchar por los atropellos a las personas, ayuda a entender que vivimos en una sociedad egoísta, centrada en unos 'valores' que no todos compartimos y que a través de algunos los colegios se intentan imponer segregando a las personas, especialmente en los colegios de ‘elite’ de este macabro país que estamos construyendo, pero que debemos cambiar”.
El fallo se basó además en diversos tratados internacionales de Derechos Humanos, en particular de la Convención de las Naciones Unidas Sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y en la Convención Interamericana para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad.