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SERNAC estará monitoreando el evento online “BLACK INMOBILIARIO”

El objetivo de este monitoreo es corroborar que las empresas que participen cumplan estrictamente con la Ley del Consumidor.

Asimismo, para prevenir incumplimientos, el SERNAC ofició la semana pasada a las diferentes empresas participantes, entre ellas, inmobiliarias, bancos, corredoras y aseguradoras, para que entreguen una serie de antecedentes relevantes de su oferta.

• En caso de detectar incumplimientos, el SERNAC tomará las acciones que estime necesarias para ir en defensa de los derechos de los consumidores.

La Subdirección de Fiscalización de SERNAC estará realizando un monitoreo a las empresas que participen en el evento online “Black Inmobiliario”, con el propósito de verificar que respeten estrictamente los derechos de los consumidores.

Junto con lo anterior, y con el propósito de prevenir cualquier incumplimiento, el SERNAC ofició la semana pasada a todas las empresas que participarán en este evento comercial online, entre ellas, inmobiliarias, bancos, corredoras y aseguradoras.

Recordemos que “Black Inmobiliario” es un evento de compras online, que tendrá lugar entre el lunes 24 y el miércoles 26 de julio, organizado por la Cámara de Comercio de Santiago (CCS), Cámara Chilena de la Construcción (CChC) y la Asociación de Bancos (ABIF), y que ofrecerá financiamientos en general, seguros y diversas alternativas para que los consumidores puedan adquirir una vivienda. 

El director nacional del SERNAC, Andrés Herrera, explicó que esta gestión tiene un afán preventivo con el propósito de evitar incumplimientos y malas prácticas que pudiesen afectar a los consumidores, especialmente en un evento que resulta muy importante para los consumidores.

“Acá estamos hablando de la posibilidad de que los consumidores puedan realizar una de las compras más importantes de sus vidas, como lo es la adquisición de una vivienda u obtener un financiamiento para ello, por lo que las empresas deben ser extremadamente profesionales y evitar cualquier práctica que atente en contra de sus derechos”, recalcó Andrés Herrera.

Entre la información solicitada por el SERNAC vía oficio a las empresas participantes en el “Black Inmobiliario” está que indiquen en qué consiste su oferta y cuáles serán las modalidades de contratación.

Asimismo, el Servicio requirió antecedentes relativos a los proyectos inmobiliarios que serán parte de este evento, especificando si se trata de uno en blanco, en verde, de próxima entrega o de entrega inmediata.

Además, solicitó indicar el número o stock disponible de unidades que serán ofrecidas con precio rebajado y las características específicas que las diferencian respecto de aquellas que ofertan y/o comercializa habitualmente. 

También que informen el precio normal del inmueble y el precio correspondiente al evento “Black Inmobiliario”, junto con un informe del historial del costo de las unidades ofrecidas, específicamente el valor de lista de los últimos 3 meses anteriores a la fecha de este evento.

El Servicio solicitó también que los proveedores indiquen si contarán con algún tipo de contador virtual, que dé cuenta del grado de avance de venta de las unidades disponibles durante el evento. 

En caso de detectar incumplimientos, ya sea, mediante la respuesta a los oficios, o durante el monitoreo del evento, el SERNAC tomará las medidas pertinentes para ir en defensa de los derechos de los consumidores.

 

Derechos de los consumidores

En el caso de que las compras o contrataciones se realicen por internet, los consumidores tienen los mismos derechos que en cualquier compra o contratación de servicio realizada de forma presencial. Esto es, que se informe el precio final, las características relevantes del producto, que lo que se promete en la publicidad se cumpla y se respeten las promociones y ofertas.

Por su parte, en el caso de las ofertas inmobiliarias, lo que se prometa en su publicidad es parte del contrato. Esto es, si la empresa asegura determinados metros cuadrados, áreas verdes, sala de eventos, piscina, seguridad u otras características, es eso lo que el consumidor tiene derecho a recibir.

La Ley del Consumidor también prohíbe la existencia de cláusulas abusivas en los contratos, por ejemplo, donde la empresa pueda cambiar las condiciones ofrecidas en forma unilateral; no establezca fecha de entrega de una propiedad; declare no hacerse responsable ante incumplimientos o atrasos; o se exima absolutamente de responsabilidad frente a hechos que son parte de su deber.

Por otro lado, es importante que los consumidores conozcan sus derechos en este mercado y los ejerzan. Por ejemplo, la cotización que le entregue la institución financiera tiene una vigencia mínima de siete días. Es decir, en ese plazo no le pueden cambiar las condiciones ofrecidas, lo que le permite comparar con otras instituciones. 

Además, las empresas deben entregar al consumidor una hoja de resumen, la cual tiene un formato estándar. Documento donde se debe indicar el precio y todos los costos asociados al crédito que el consumidor está solicitando, entre otros aspectos relevantes. 

 

 

 

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