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Castigarán a quienes impidan acceso de adultos mayores y discapacitados al transporte

El proyecto de ley fue presentado por un grupo de parlamentarios. Esta semana fue aprobado por la unanimidad de la Cámara Baja y pasó al Senado para su segundo trámite legislativo.

Sancionar a quienes dificulten o impidan el acceso de adultos mayores y personas con discapacidad a los servicios de transporte público remunerado de pasajeros, es el fondo del proyecto de ley que por unanimidad de 134 votos a favor, aprobó la Cámara de Diputados.

El proyecto es autoría del diputado de la Región de Los Ríos Bernardo Berger junto a Catalina Del Real, Francesca Muñoz Andrés Longton, René Manuel García, Leopoldo Pérez; las independientes Sandra Amar y Érika Olivera; y Cosme Mellado.

La idea matriz del texto sanciona en el transporte público de pasajeros, el exigir a las personas con discapacidad y adultos mayores cumplir requisitos especiales, fuera del marco legal, para acceder a dicho transporte; también castiga con  multas que los conductores no detengan el vehículo cuando estos pasajeros deseen subir o bajar del mismo.

De esta manera, el proyecto modifica la Ley de Tránsito incorporando en las infracciones gravísimas el que un conductor de transporte público de pasajeros ponga en movimiento o no lo detenga completamente cuando haya pasajeros que deseen subir o bajar del vehículo, si estos corresponden a personas con discapacidad y/o adultos mayores. En este caso, la sanción corresponderá a una multa de 1.5 a 3.0 UTM, a lo que se agrega de 5 a 45 días de suspensión de licencia.

Asimismo, se considera como infracción grave el exigir a un pasajero el cumplimiento de requisitos o condiciones especiales, fuera de los casos contemplados en la ley, para acceder al transporte público remunerado de pasajeros, cuya sanción es una multa de 1 a 1,5 UTM.

Según la Segunda Encuesta Nacional de la Discapacidad (11 ENDISC), de 2016, en el país existen dos millones 606 mil 904 personas con discapacidad, lo que representa un 20% de la población total.

Desde 2008, en tanto, el país ratificó la Convención Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad, que en materia de accesibilidad y transporte público, obliga a adoptar medidas para que “las personas con discapacidad puedan vivir en forma independiente y participar plenamente en todos los aspectos de la vida” y, por ende, asegurar su acceso en igualdad de condiciones con las demás personas, al entorno físico, el transporte y a otros servicios e instalaciones de uso público.

Asimismo, en el caso de la tercera edad, Chile ratificó en 2017 la Convención Interamericana de los Derechos del Adulto Mayor, que les reconoce el derecho a la accesibilidad y a la movilidad personal.

La iniciativa, ahora que fue aprobada en la Cámara De Diputadas y Diputados, continuará su segundo trámite constitucional en el Senado. 

Por: SALVATORE BELLEMO FILONZI

EDICIÓN N° 931

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