La licencia otorgará un pago equivalente al monto diario del subsidio que recibió durante el permiso postnatal parental, el cual estará a cargo de las Isapres o Fonasa.
Con un avance de 39,1% en la región de Los Lagos, el SEREMI de Trabajo y Previsión Social, Fernando Gebhard, detalló los alcances en la región de Los Lagos de la Ley de Crianza Protegida, que fue aprobada el pasado 27 de julio.
“Hasta la fecha, se han registrado 829 solicitudes de la Licencia Médica Preventiva Parental, lo que representa un avance de 39,1% respecto a los posibles beneficiados en la zona, que son 2 mil 120”, informó Gebhard.
“El llamado que estamos haciendo es a solicitar este beneficio, que tiene como objetivo proteger a madres, padres y cuidadores de niños en edad pre-escolar durante la actual emergencia sanitaria que vive el país producto del COVID-19. Recordemos que la ley de Crianza Protegida establece una licencia médica preventiva parental por causa de la enfermedad COVID-19, respecto de las trabajadoras y los trabajadores que hicieron uso del permiso postnatal parental y cuyo término desde el 18 de marzo y hasta el término del estado de catástrofe”, explicó el SEREMI.
La licencia preventiva Covid-19 podrá ser solicitada por el beneficiario del permiso de postnatal parental por un plazo de 30 días, prorrogables por dos veces por períodos continuos, hasta completar tres meses, siempre que se encuentre vigente el estado de excepción constitucional.
“Además, la ley permite a quienes tienen a su cargo el cuidado de niños menores de seis años solicitar la suspensión de contrato a partir del 10 de agosto y acceder a las prestaciones de la Ley de Protección al Empleo. De esta forma buscamos apoyar a los trabajadores en tiempos de pandemia”, manifestó la autoridad de Trabajo.
La Ley de Crianza Protegida entrega el derecho a padres, madres o cuidadores de uno o más niños o niñas nacidos a partir del año 2013, afiliados al Seguro de Desempleo, a solicitar unilateralmente la suspensión de los efectos del contrato de trabajo, recibiendo las prestaciones de la Ley de Protección del Empleo, siempre que cumpla con los requisitos para acceder a ellas. En la región de Los Lagos se espera que sean aproximadamente 34 mil los beneficiados.
Las trabajadoras y trabajadores de casa particular tendrán derecho a solicitar la licencia preventiva COVID-19 siempre que hayan hecho uso del permiso postnatal parental o pedir la suspensión unilateral de su relación laboral por motivos de cuidado y acogerse a las prestaciones de la Ley de Protección al Empleo siempre que tengan acceso a las prestaciones contempladas en el artículo 4° de la ley N° 21.227.
Monto del beneficio
El monto del subsidio asociado a la licencia Covid-19 será equivalente al del subsidio que haya tenido por causa el permiso postnatal parental, y será pagada por la Isapre a la que esté afiliado el trabajador (a) o Fonasa, según corresponda.
En el caso de quienes se acojan a la suspensión de su contrato de trabajo por motivos de cuidado, sus montos estarán directamente asociados a lo establecido en la Ley de Protección al Empleo. Las prestaciones de que trata la presente ley serán compatibles con el Ingreso Familiar de Emergencia, así como también con otros beneficios económicos.